Art. 5
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Derechos y deberes laborales básicos

Art. 5

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En vigor desde 13 nov 2015
Los trabajadores tienen como deberes básicos: a) Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad con las reglas de la buena fe y diligencia. b) Observar las medidas de prevención de riesgos laborales que se adopten. c) Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas. d) No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en esta ley. e) Contribuir a la mejora de la productividad. f) Cuantos se deriven, en su caso, de los respectivos contratos de trabajo.
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eli/es/rdlg/2015/10/23/2#art-5