Art. 196
Libro LIBRO PRIMEROTítulo TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4.ª Tasas de utilización§ Subsección 1.ª Tasa del buque (T-1)

Art. 196

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En vigor desde 21 oct 2011
Esta tasa se devengará cuando el buque entre en las aguas de la zona de servicio del puerto.
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