Art. 11
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Elaboración de los Presupuestos Generales del Estado

Art. 11

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En vigor desde 1 ene 2008
Con carácter previo al proceso de elaboración de los Presupuestos Generales del Estado, el Ministerio de Economía y Hacienda confeccionará unos escenarios de previsión plurianual referidos a ingresos y gastos en los términos previstos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
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