Art. 94
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Impuestos§ Subsección 4.ª Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

Art. 94

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En vigor desde 10 mar 2004
Son sujetos pasivos de este impuesto las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a cuyo nombre conste el vehículo en el permiso de circulación.
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