Art. 221
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 221

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En vigor desde 10 mar 2004
El control de eficacia tendrá por objeto la comprobación periódica del grado de cumplimiento de los objetivos, así como el análisis del coste de funcionamiento y del rendimiento de los respectivos servicios o inversiones.
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eli/es/rdlg/2004/03/05/2#art-221