Art. Agrupación 71
Libro SECCIÓN SEGUNDATítulo DIVISIÓN 7. PROFESIONALES RELACIONADOS CON LAS ACTIVIDADES FINANCIERAS, JURÍDICAS, DE SEGUROS Y DE ALQUILERES.

Art. Agrupación 71

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En vigor desde 1 ene 1996
Agrupación 71. Profesionales relacionados con los seguros. Cuota de: 39.330 pesetas. Cuota de: 42.228 pesetas. Cuota de: 24.840 pesetas. Se incrementan en un 3,5 por 100 las cuotas, por el art. 26.1.a) del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-27964 .

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eli/es/rdlg/1990/09/28/1175#agrupacion-71-1