Art. Agrupación 21
Libro SECCIÓN SEGUNDATítulo DIVISIÓN 2. PROFESIONALES RELACIONADOS CON LAS INDUSTRIAS DE LA AERONÁUTICA, DE LA TELECOMUNICACIÓN Y DE LA MECÁNICA DE PRECISIÓN.

Art. Agrupación 21

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En vigor desde 1 ene 1996
Agrupación 21. Ingenieros Aeronáuticos y Navales, Ingenieros de Telecomunicación e Ingenieros de Armamento y Construcción y similares. Cuota de: 43.470 pesetas. (261,26 euros) Cuota de: 36.846 pesetas. (221,45 euros) Cuota de: 45.230 pesetas. (271,84 euros) Cuota de: 42.435 pesetas. (255,04 euros) Se incrementan en un 3,5 por 100 las cuotas, por el art. 26.1.a) del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-27964 . Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros.

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Pro

eli/es/rdlg/1990/09/28/1175#agrupacion-21-1