Art. 734
Libro LIBRO CUARTOTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 734

799 / 824
En vigor desde 1 sept 2020
Están legitimados para solicitar la declaración de un concurso territorial: 1.º Cualquier persona legitimada para solicitar la declaración de concurso con arreglo a esta ley. 2.º El representante del procedimiento extranjero principal.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdlg/2020/05/05/1#art-734