Libro LIBRO CUARTO›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 733
798 / 824En vigor desde 1 sept 2020
El reconocimiento de un procedimiento extranjero principal permitirá abrir en España un concurso territorial sin necesidad de examinar la insolvencia del deudor.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/2020/05/05/1#art-733