Art. 698 ter
Libro LIBRO TERCEROTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 698 ter

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En vigor desde 1 ene 2023
El auto de homologación del plan de continuación se publicará de inmediato en el Registro público concursal. Se añade por el art. único.153 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, con efectos desde el 1 de enero de 2023, según establece su disposición final 19. Ref. BOE-A-2022-14580#au

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