Art. 386
Libro LIBRO PRIMEROTítulo TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 2.ª De la oposición a la aprobación judicial del convenio

Art. 386

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En vigor desde 1 sept 2020
La oposición a la aprobación judicial del convenio se ventilará por los cauces del incidente concursal.
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