Art. 357
Libro LIBRO PRIMEROTítulo TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª

Art. 357

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En vigor desde 26 sept 2022
La adhesión a la propuesta de convenio por parte de los titulares de créditos públicos se realizará conforme a las normas legales y reglamentarlas especiales que resulten aplicables. Se modifica por el art. único.83 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580#au

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eli/es/rdlg/2020/05/05/1#art-357