Art. 224 quinquies
Libro LIBRO PRIMEROTítulo TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª De la enajenación de bienes y derechos de la masa activa§ Subsección 4.ª Nombramiento de experto para recabar ofertas de adquisición de la unidad productiva

Art. 224 quinquies

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En vigor desde 26 sept 2022
El nombramiento del experto no exime al deudor del deber de solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer el estado de insolvencia actual. Se añade por el art. único.52 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580#au

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