Título TÍTULO XI
Art. Disposición transitoria primera
147 / 151En vigor desde 25 jul 2015
Los períodos de exclusividad de datos de los medicamentos de referencia para los que se hubiese presentado una solicitud de autorización antes del 1 de noviembre de 2005 serán los que regían con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 29/2006, de 26 de julio.
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Proeli/es/rdlg/2015/07/24/1#disposicion-transitoria-primera