Título TÍTULO XI
Art. Disposición adicional decimoquinta
145 / 151En vigor desde 25 jul 2015
A los medicamentos cuya autorización haya sido renovada tras la entrada en vigor de la Ley 29/2006, de 26 de julio, les será de aplicación, a partir de dicha renovación, la normativa vigente en relación con los informes periódicos de seguridad.
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Proeli/es/rdlg/2015/07/24/1#disposicion-adicional-decimoquinta