Art. 30
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 2.ª Medidas de acción positiva

Art. 30

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En vigor desde 4 dic 2013
Los ayuntamientos adoptarán las medidas adecuadas para facilitar el estacionamiento de los vehículos automóviles pertenecientes a personas con problemas graves de movilidad, por razón de su discapacidad.
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eli/es/rdlg/2013/11/29/1#art-30