Art. Disposición adicional primera
Título TÍTULO XIVCapítulo CAPÍTULO IXSecc. Sección 3.ª Informe anual de gobierno corporativo e informe anual sobre remuneraciones de los Consejeros

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 1 sept 2010
Las personas físicas y las sociedades civiles, colectivas y comanditarias simples, no podrán emitir ni garantizar la emisión de obligaciones u otros valores negociables agrupados en emisiones.
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