Art. 91
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 91

106 / 628
En vigor desde 1 sept 2010
Cada participación social y cada acción confieren a su titular legítimo la condición de socio y le atribuyen los derechos reconocidos en esta ley y en los estatutos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdlg/2010/07/02/1#art-91