Título TÍTULO XIV›Capítulo CAPÍTULO VII bis
Art. 529 ter
593 / 628vicies
En vigor desde 3 may 2021
1. Las operaciones vinculadas que se hayan celebrado con la misma contraparte en los últimos doce meses se agregarán para determinar el valor total a efectos de lo previsto en las normas aplicables contenidas en la presente Ley.
2. Las referencias realizadas en este capítulo al total de las partidas del activo o cifra anual de negocios se entenderán realizadas a los valores reflejados en las últimas cuentas anuales consolidadas o, en su defecto, a las últimas cuentas anuales individuales de la sociedad cotizada aprobadas por la junta general.
Se añade por el .26 de la Ley 5/2021, de 12 de abril. Ref. BOE-A-2021-5773#at
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/2010/07/02/1#art-529-ter-1