Título TÍTULO XIV›Capítulo CAPÍTULO VII›Secc. Sección 1.ª Reglamento del Consejo de Administración
Art. 528
570 / 628En vigor desde 2 oct 2011
En las sociedades anónimas cotizadas el consejo de administración, con informe a la junta general, aprobará un reglamento de normas de régimen interno y funcionamiento del propio consejo, de acuerdo con la ley y los estatutos, que contendrá las medidas concretas tendentes a garantizar la mejor administración de la sociedad.
Se modifica por el .2 de la Ley 25/2011, de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2011-13240 . Su anterior numeración era .
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/2010/07/02/1#art-528