Art. 513
Título TÍTULO XIVCapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 2.ª El reglamento de la junta general

Art. 513

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En vigor desde 1 sept 2010
1. El reglamento de la junta general de accionistas de sociedad cotizada será objeto de comunicación a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, acompañando copia del documento en que conste. 2. Efectuada esta comunicación se inscribirá en el Registro Mercantil con arreglo a las normas generales y, una vez inscrito, se publicará por la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
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