Art. 487
Título TÍTULO XIIICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Sistema dual

Art. 487

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En vigor desde 1 sept 2010
La representación de la sociedad frente a los miembros de la dirección corresponde al consejo de control. Redactado el título conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 210, de 30 de agosto de 2010. Ref. BOE-A-2010-13539
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