Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 372
394 / 628En vigor desde 1 sept 2010
En caso de apertura de la fase de liquidación en el concurso de acreedores de la sociedad, la liquidación se realizará conforme a lo establecido en el capítulo II del título V de la Ley Concursal.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/2010/07/02/1#art-372