Art. 174
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 174

189 / 628
En vigor desde 2 oct 2011
1. En todo caso, la convocatoria expresará el nombre de la sociedad, la fecha y hora de la reunión, el orden del día, en el que figurarán los asuntos a tratar, y el cargo de la persona o personas que realicen la convocatoria. Se modifica por el .9 de la Ley 25/2011, de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2011-13240 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdlg/2010/07/02/1#art-174