Art. 6
6 / 18En vigor desde 18 mar 1988
A la instancia deberá acompañarse por los interesados:
a) Un árbol genealógico fechado y firmado por el solicitante y en el que se mostrará el parentesco de consanguinidad matrimonial que enlace al interesado con el ultimo poseedor de la dignidad cuya rehabilitación se pretende.
b) La carta expedida al último titular o copia legalizada de la misma. También valdrá la referencia a aquella contenida en el expediente general del titulo custodiado en e! archivo del Ministerio de Justicia.
c) Un índice de los documentos de prueba firmado por el que suscribe la instancia. En este índice no se reseñarán otros documentos que los que efectivamente se presenten en el Registro General del Ministerio de Justicia.
Se modifica por el del Real Decreto 222/1988, de 11 de marzo. Ref. BOE-A-1988-7023 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1922/07/08/(1)#art-6