Art. 114
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 114

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En vigor desde 27 jul 1894
Los cafés y cafés-teatros, además de lo que previene la Ley de Propiedad Intelectual, están sujetos a las reglas de policía que se dicten para esta clase de establecimientos. Se modifica por el art. único del Real Decreto de 6 de julio de 1894. Ref. BOE-A-1894-4234 .

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Pro

eli/es/rd/1880/09/03/(1)#art-114