Art. Sección quinta
Libro LIBRO TERCEROTítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 3.ª De la sucesión del cónyuge y de los colaterales

Art. Sección quinta

Derogado1013 / 2077
En vigor desde 16 ago 1889
Sección quinta. De la sucesión del Estado
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eli/es/rd/1889/07/24/(1)#seccion-quinta-1