Art. 598
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Art. 598

651 / 2077
En vigor desde 16 ago 1889
El título y, en su caso, la posesión de la servidumbre adquirida por prescripción determinan los derechos del predio dominante y las obligaciones del sirviente. En su defecto, se regirá la servidumbre por las disposiciones del presente título que le sean aplicables.
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eli/es/rd/1889/07/24/(1)#art-598