Libro LIBRO SEGUNDO›Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 431
484 / 2077En vigor desde 5 ene 2022
La posesión se ejerce en las cosas, en los animales o en los derechos por la misma persona que los tiene y los disfruta, o por otra en su nombre.
Se modifica por el .15 de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre de 2021. Ref. BOE-A-2021-20727#ap
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1889/07/24/(1)#art-431