Libro LIBRO SEGUNDO›Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 430
483 / 2077En vigor desde 5 ene 2022
Posesión natural es la tenencia de una cosa o animal, o el disfrute de un derecho por una persona. Posesión civil es esa misma tenencia o disfrute unidos a la intención de haber la cosa, animal o derecho como suyos.
Se modifica por el .14 de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre de 2021. Ref. BOE-A-2021-20727#ap
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1889/07/24/(1)#art-430