Libro LIBRO PRIMERO›Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª De los poderes y mandatos preventivos
Art. 256
296 / 2077En vigor desde 3 sept 2021
El poderdante podrá incluir una cláusula que estipule que el poder subsista si en el futuro precisa apoyo en el ejercicio de su capacidad.
Se modifica, con efectos de 3 de septiembre de 2021, por el .23 de la Ley 8/2021, de 2 de junio. Ref. BOE-A-2021-9233#as Se modifica por la disposición final 1.47 de la Ley 15/2015, de 2 de julio. Ref. BOE-A-2015-7391#dfprimera . Se modifica por el de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1889/07/24/(1)#art-256