Libro LIBRO CUARTO›Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª De la naturaleza y esencia del contrato de depósito
Art. 1761
1832 / 2077En vigor desde 16 ago 1889
Sólo pueden ser objeto del depósito las cosas muebles.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1889/07/24/(1)#art-1761