Libro LIBRO CUARTO›Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 1722
1793 / 2077En vigor desde 16 ago 1889
En los casos comprendidos en los dos números del artículo anterior puede además el mandante dirigir su acción contra el sustituto.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1889/07/24/(1)#art-1722