Art. 1623
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Art. 1623

1694 / 2077
En vigor desde 16 ago 1889
Los censos producen acción real sobre la finca gravada. Además de la acción real podrá el censualista ejercitar la personal para el pago de las pensiones atrasadas, y de los daños e intereses cuando hubiere lugar a ello.
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eli/es/rd/1889/07/24/(1)#art-1623