Art. 1524
Libro LIBRO CUARTOTítulo TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 2.ª Del retracto legal

Art. 1524

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En vigor desde 16 ago 1889
No podrá ejercitarse el derecho de retracto legal sino dentro de nueve días, contados desde la inscripción en el Registro, y en su defecto, desde que el retrayente hubiera tenido conocimiento de la venta. El retracto de comuneros excluye el de colindantes.
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eli/es/rd/1889/07/24/(1)#art-1524