Art. 5

Art. 5

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En vigor desde 15 may 1905
El producto de las reses mostrencas pertenece a la Asociación cuando no hubiere concierto, o, aun cuando lo hubiere, la Junta Local o Ayuntamiento concertado no estuviese al corriente de sus cuentas.
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eli/es/rd/1905/04/24/(1)#art-5