Art. 709
Libro LIBRO IIITítulo TÍTULO IIISecc. Sección primera. Del contrato de fletamento§ § 6.º Del conocimiento

Art. 709

Derogado532 / 779
En vigor desde 1 nov 1996
El conocimiento, formalizado con arreglo a las disposiciones de este título, hará fe entre todos los interesados en la carga y entre éstos y los aseguradores, quedando a salvo para los últimos la prueba en contrario.
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eli/es/rd/1885/08/22/(1)#art-709