Art. 146
Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO PRIMEROSecc. Sección tercera. De las compañías en comandita

Art. 146

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En vigor desde 1 nov 1996
La compañía en comandita girará bajo el nombre de todos los socios colectivos, de algunos de ellos o de uno solo, debiendo añadirse, en estos dos últimos casos, al nombre o nombres que se expresen, la palabra «y Compañía», y en todos, las de «Sociedad en comandita».
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eli/es/rd/1885/08/22/(1)#art-146