Art. 145
Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO PRIMEROSecc. Sección tercera. De las compañías en comandita

Art. 145

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En vigor desde 1 nov 1996
En la escritura social de la compañía en comandita constarán las mismas circunstancias que en la colectiva.
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eli/es/rd/1885/08/22/(1)#art-145