Art. 693
Libro LIBRO IIITítulo De la celebración del juicio oralCapítulo Capítulo IIISecc. Sección 1.ª De la confesión de los procesados y personas civilmente responsables

Art. 693

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En vigor desde 1 jun 1997
El Presidente hará las preguntas mencionadas en los artículos anteriores con toda claridad y precisión, exigiendo contestación categórica.
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eli/es/rd/1882/09/14/(1)#art-693