Art. 216
Libro LIBRO ITítulo TÍTULO XCapítulo Capítulo I

Art. 216

214 / 1095
En vigor desde 1 jun 1997
Contra las resoluciones del Juez de Instrucción podrán ejercitarse los recursos de reforma, apelación y queja.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1882/09/14/(1)#art-216