Art. 16
Capítulo Reglamento para la ejecución de la ley de 15 de Mayo de 1902, que establece un régimen especial para la expropiación forzosa en la zona militar de costas y fronteras.

Art. 16

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En vigor desde 13 dic 1902
La intervención de los funcionarios del Gobierno en los expedientes de expropiación ó en cualquiera otros actos que se realicen por consecuencia de lo prevenido en este reglamento será enteramente gratuita para los particulares interesados en ellos. El importe de las indemnizaciones, dietas o derechos que reglamentariamente devenguen, será cargo a los mismos créditos á que se refiere el de este reglamento, con los cuales se sufragarán también los honorarios de los peritos que nombre el ramo de Guerra cuando éstos no sean funcionarios del Estado.
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eli/es/rd/1902/11/12/(1)#art-16