Art. 9

Art. 9

9 / 18
En vigor desde 5 ago 2018
1. Las Comisiones especializadas son órganos del Consejo de la Juventud de España adscritas a las Vocalías de la Comisión Permanente, que actúan en un área temática determinada, a modo de asesoramiento, estudio u otras que se determinen en el Reglamento de organización y funcionamiento interno. 2. Su composición y funcionamiento vendrán determinadas por el Reglamento de organización y funcionamiento interno.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2018/08/03/999#art-9