Art. 5
5 / 18En vigor desde 5 ago 2018
1. Los órganos de gobierno del Consejo de la Juventud de España son:
a) La Asamblea general.
b) La Asamblea ejecutiva.
c) La Comisión Permanente.
d) Las Comisiones especializadas.
e) La Comisión de Garantías.
f) Aquellos otros que se especifiquen en su Reglamento de organización y funcionamiento interno.
2. Los órganos unipersonales del Consejo de la Juventud de España serán:
a) La Presidencia.
b) La Vicepresidencia o Vicepresidencias.
c) La Secretaría.
d) La Tesorería o responsable de Finanzas.
e) La persona responsable de Relaciones Internacionales.
f) La persona responsable del Área o Vocalía de la Comisión Permanente.
3. La designación de los miembros en los órganos de gobierno que se regulen y sus representantes observará, en su caso, el principio de presencia equilibrada entre hombres y mujeres.
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Proeli/es/rd/2018/08/03/999#art-5