Art. Disposición transitoria primera

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 26 nov 2017
El Organismo Autónomo Servicio Militar de Construcciones que, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, se encuentra integrado y depende orgánica y funcionalmente del Organismo Autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (INVIED), se extinguirá mediante real decreto por el que se apruebe el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa.
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