Art. 13
Título TITULO ICapítulo CAPITULO III

Art. 13

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En vigor desde 5 ago 1989
La resolución de los concursos específicos de méritos corresponde al Director general de la Policía a iniciativa del Jefe de la dependencia a que pertenezca la vacante y a propuesta del Subdirector general correspondiente, formulada a través de la División de Personal, que unirá a la misma el extracto del expediente personal de los peticionarios y su valoración.
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eli/es/rd/1989/07/28/997#art-13