Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 27
27 / 39En vigor desde 1 ene 2014
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea mantendrá un sistema de archivo que asegure la generación y conservación de todos los registros necesarios para incorporar la información facilitada en el marco del Programa.
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Proeli/es/rd/2013/12/13/995#art-27