Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

13 / 14
En vigor desde 2 abr 2025
La persona titular del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación dictará cuantas disposiciones y actos sean precisos para el desarrollo y ejecución de este real decreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2024/10/01/991#disposicion-final-segunda