Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 110
129 / 224En vigor desde 8 nov 2015
Los envases y embalajes de productos pirotécnicos vacíos que presenten señales de contener residuos peligrosos, deberán estar bien cerrados y presentar, en su caso, las mismas condiciones de estanqueidad y llevar las mismas etiquetas de peligro que si estuviesen llenos hasta que se proceda a su eliminación o inertización según lo establecido en la ITC número 12.
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Proeli/es/rd/2015/10/30/989#art-110