Art. 100
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Disposiciones en materia de seguridad ciudadana

Art. 100

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En vigor desde 8 nov 2015
Los almacenes auxiliares asociados a talleres contarán con las condiciones para la seguridad ciudadana que indica la ITC número 11, ligadas a las medidas integrales del taller donde se ubiquen.
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eli/es/rd/2015/10/30/989#art-100